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Aerodromos

Después de las reiteradas peticiones del sector, de todas las cartas y escritos en las que AOPA-SPAIN ha tenido un gran protagonismo, comienzan a levantarse las restricciones. Según el Boe publicado el martes 2 de junio que encontrarás aquí (Orden del Ministerio de Sanidad ) se permitirán las siguientes actividades según la fase en la que nos encontremos:

A partir de este miércoles, en las unidades territoriales que se encuentren en fase 2 podrán reanudarse las actividades de formación aeronáutica con sujeción a las medidas establecidas para estas actividades, según la Orden del Ministerio de Sanidad que este martes publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En los vuelos de instrucción se extremará la higiene, se guardará la máxima separación interpersonal posible y se tendrán en cuenta las instrucciones, recomendaciones y material guía adoptado por la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea (EASA) u otro material complementario que pueda desarrollarse, así como las que en cada caso establezcan las autoridades competentes, al objeto de proteger tanto al instructor como a los alumnos.

Los vuelos de instrucción deberán despegar y aterrizar en el ámbito de la unidad territorial en la que esté ubicada la escuela, sin que puedan realizarse aterrizajes o despegues en otras unidades territoriales, en tanto se mantenga la restricción a la libre circulación entre unidades territoriales.

En cuanto a Actividades de recreo y mantenimiento establece:

En las unidades territoriales que se encuentren en la fase 2, la navegación aérea de recreo podrá realizarse en grupos de hasta un máximo de 20 personas, incluido el piloto. En el desarrollo de estas actividades serán de aplicación los demás requisitos establecidos en la Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase 1 de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura, así como lo dispuesto en la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo.

El acceso de los propietarios de aeronaves para realizar comprobaciones de seguridad y mantenimiento en las mismas, no tendrá más restricciones que las derivadas de las limitaciones a la circulación y las medidas de seguridad e higiene establecidas al respecto por las autoridades sanitarias para la prevención del Covid-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de la Orden SND/ 414/2020, de 16 de mayo.

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Para vuestro conocimiento, en nombre de los respectivos presidentes de las asociaciones:

AGRUPACIÓN DE ESCUELAS DE FORMACIÓN AERONÁUTICA (AEFA),
REAL AERO CLUB DE ESPAÑA (RACE),
ASOCIACIÓN DE PILOTOS Y PROPIETARIOS DE AERONAVES DE ESPAÑA (AOPA-SPAIN) y
ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PILOTOS DE AERONAVES LIGERAS (AEPAL)

Acompañamos carta-solicitud que, conjuntamente, hemos presentado al Sr. Secretario de Estado D. Pedro Saura mediante su registro con nº 20205000513869 en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se solicitan las medidas que proponemos se apliquen al sector de la Aviación General y de los Trabajos Aéreos en la Fase 1 del PTNN.

Se adjunta carta (Carta conjunta crisis coronavirus Saura.PDF) así como Valoración de Riesgos (Valoración de riesgo COVID-19 ACBS.PDF ) en el retorno a las actividades presenciales realizado por el Aeroclub de Sabadell.
Resumen de lo que se solicita:

1)Se extienda inmediatamente la autorización otorgada en la Fase 1 por el Art 7 de la Orden TMA/400/2020,

a. Los vuelos de instrucción en doble mando, permitiendo la presencia de dos personas, aunque supere el 50% de ocupación de la aeronave.

b. Los vuelos solos supervisados.

c. Los vuelos de travesía entre diversas provincias, con la imposibilidad de abandonar el aeropuerto de escala y evitando el contacto con terceros.

d. Los vuelos de verificación de competencia y de pruebas de pericia, permitiendo la presencia de dos personas, aunque supere el 50% de ocupación de la aeronaves. Los vuelos recreativos y de ocio, incluso en aeronave propia, permitiendo la presencia de dos personas, aunque supere el 50% de ocupación de la aeronave.


2)No se imponga ningún límite territorial al espacio aéreo ni al trazado de la circulación del vuelo, imponiendo exclusivamente limitaciones al origen y destino.

3)Con carácter previo a la aprobación de cualquier disposición de carácter general, que afecte a la aviación no comercial, se otorgue un plazo de 24 horas a las asociaciones representativas del sector para que puedan presentar las alegaciones que estimen convenientes al borrador de la disposición.

4)Se comunique con nitidez a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado estas autorizaciones para que sus agentes puedan distinguir la adecuación de la operativa y facilitar la movilidad de las personas acogidas a esta regulación, tanto en su operativa aérea como en sus desplazamientos terrestres a los aeropuertos o aeródromos.



Carles Martí
Presidente

Desde el mismo momento en que el Gobierno decretó el Estado de Alarma, las asociaciones representativas del sector de la Aviación General y los Trabajos Aéreos (AOPA-SPAIN, RACE, AEPAL) y de las escuelas de formación aeronáutica (AEFA) hemos estado insistiendo ante las autoridades para conseguir paliar la incidencia del confinamiento sanitario sobre nuestros asociados.

Las acciones desarrolladas han sido innumerables, en ocasiones individualizadas por cada asociación, y en otras, mediante cartas de reclamación conjunta.

Igualmente los niveles de interlocución no se han detenido en ningún ámbito puesto que hemos batallado tanto en España (en primer lugar, frente a la AESA; pero también ante la Secretaría de Estado y la Secretaría General del Ministerio de Transportes, Mobilidad y Agenda Urbana; la Dirección General de Aviación Civil; AENA SME SA y las administraciones autonómicas) como en Europa (mediante IAOPA-EUR ante la EASA).

No hemos cejado en ningún momento de reclamar y exigir el trato justo y equitativo que otros colectivos aeronáuticos venían encontrando en diversas resoluciones dictadas durante este tiempo por la AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AÉREA (AESA).

Finalmente, ayer 5/5/20 obtuvimos la Resolución que acompañamos que, al menos, restablece en mayor o menor grado, el original olvido que considerábamos sufríamos.

El asociacionismo vale la pena.

Aún en circunstancias muy complejas y limitativas (por la obvia inmovilidad de circulación) ha demostrado ser un instrumento útil para la defensa de nuestros intereses.

¡Buenos vuelos! (cuanto antes sea posible).

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Querida Isabel,

 

Espero que estés bien de salud, tu y tu familia. También deseo lo mismo para tus compañeros de trabajo de AESA, mucho de los cuales conozco, y me gustaría trasmitirles mis deseos.

Después de 53 días desde el primer Decreto de Alarma, estamos esperando el grueso de las medidas mitigadoras que respondían a los criterios que EASA había divulgado (templates) y había mandado y discutido con las diferentes autoridades nacionales. Salvo una Video Conferencia entre escuelas de vuelo y vosotros, seguida de una nota informativa sobre la posibilidad de sustituir clases presenciales por video conferencia, aleluya y gracias, y una Guía para solicitar la ampliación de los ARCs, caso a caso, que para nada satisface nuestras necesidades actuales y lo que os pedíamos en línea de los templates de EASA, nada hemos recibido. Estamos a la espera de la Resolución de AESA, prometida en tu último e-mail para la semana del 20 de Abril, en línea con las realizadas por otros países europeos.

Isabel, y con todo el respeto que sabes que te tengo, debo decirte que nos cuesta mucho, mucho mucho,  entender que esta sea la forma más ágil que AESA tiene de responder ante una emergencia nacional de tal calibre. Te repito la frase de mi último e-mail: "espero que sea olvido y no discriminación."

Pero nos aterra que este olvido se aplique al proceso de desescalada del confinamiento, máxime cuando los planes de vuelo y la mayoría de controles a los aeródromos restringidos pasan por la Guarda Civil. Sin instrucción diáfanas a dichos cuerpos será imposible restablecer la actividad.

La recuperación de la actividad económica de la Aviación General solo será posible con una profunda colaboración publico-privada, donde la capacidad, diversidad, experiencia y propuestas del sector sea valoradas y escuchadas. Posiblemente esto es extensible al conjunto de la actividad económica de este país. Sin la concurrencia de empresas, autónomos y ciudadanía no vamos a recuperar el país.

Hemos emitido una primera carta, todas las asociaciones del sector, solicitando estar en la fase I del desconfinamiento de forma explicita. Este es un sector responsable, con una fuerte cultura de seguridad aérea, que sabe distinguir entre unos AMC (Acepted means of compliance) de unos Alternative means of compliace, que sabe elaborar procedimientos documentales de Análisis de Riesgos y Medidas Mitigadoras y aplicar estos procedimientos a los riesgos de contagio en todas las fases y partes de la actividad.

Es por ello que os pedimos que en esta fase haya una mejor comunicación entre la administración aeronáutica y el sector para poder implementar las medias mitigadoras que permitan volver cuanto antes a la actividad, única esperanza de supervivencia del sector y ,en mayor medida, del país. Y que fruto de esta comunicación que debería evolucionar a cooperación, las autoridades aeronáuticas de este país sean las valedoras ante el Gobierno para que la Aviación general vuelva a volar en la FASE I de la desescalada.

 

Recibe un cordial y solidario saludo

 

Carlos Martí

AOPA-SPAIN