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Tuesday, 16 September 2014 11:02

Handling en España. Guía práctica de cómo contratarlo Featured

Desde hace varios años, los procesos de certificación de aeródromo realizados en España han supuesto un incremento de las obligaciones y las incomodidades en la utilización de la red de aeropuertos públicos para la Aviación General.

La interpretación (plasmada en la ley española) como obligatorias de todas las recomendaciones de seguridad de OACI, ha llevado a que una serie de Aeropuertos obliguen –en aras a la seguridad- a la contratación de servicios de agente en rampa -conocido como “handling”- a todos los usuarios.

No importa que nuestra aeronave esté aparcada a sólo unas decenas de metros de la terminal, o que sólo se necesite pasar aduana en un aeropuerto en el que podemos caminar hasta la terminal: es obligatorio  contratar un agente de “handling”.

 

En Aopa-Spain hemos recibido multitud de quejas de agentes de Aviación General sobre los precios exorbitados que se han tenido que abonar por tan sólo unos metros de autobús. Hay casos que  fácilmente superan el valor total del viaje en aeronave, por un servicio no solicitado y que en la mayoría de los casos se considera inútil.

Desde el año 2011 desde Aopa-Spain hemos estado buscando una solución negociada a este problema, pero la respuesta del gestor aeroportuario (AENA) siempre ha sido la misma: Es una materia de seguridad aeroportuaria regulada por ley y es insalvable.

Se han valorado diferentes opciones:

  1. Optar por el “Autohandling”, pero es sólo válido para ciertos usuarios en su aeropuerto base y no representa una solución global;
  2. Tratar de influir en los concursos que celebra AENA para seleccionar los agentes de handling (de manera que, por ej., establecieran cláusulas limitativas de las tarifas específicas para la Aviación General), pero sin éxito.

Finalmente, hemos estudiado a fondo las condiciones en que se desenvuelven los agentes de handling y el esquema tarifario, para ver la manera en que pueda contratarse del modo más eficiente posible. Y la conclusión a la que hemos llegado es que … el Handling en España no es tan caro...sí sabes cómo contratarlo!

Así es. Si utilizamos el método apropiado, conseguiremos un servicio de handling a un precio "razonable" (al menos comparado con lo que está pasando actualmente y asumiendo resignadamente que estamos obligados a utilizarlo).

Vamos a ver qué pasos necesitamos dar, y también lo que no debemos hacer, para evitar sorpresas.

Qué debemos hacer:

1) Lo primero que debemos hacer es consultar la guía de tarifas de AENA, que puedes descargar de la misma web de AENA o desde este enlace .

1-A) En ella, entre otros precios, aparecen todos los que están sujetos al control de tarifas por parte del Estado. Nos referimos a las llamadas “prestaciones patrimoniales de carácter público” (ver páginas 6 a 22, en la ed. 2014). Incluye conceptos como el aterrizaje y servicios de tránsito de aeródromo, pasajeros y seguridad, estacionamiento, servicios de asistencia en tierra y meteorológicos.

GTA pag5
 

1-B) Asimismo, en la páginas 41, 42 y 43 (ed. 2014), también veremos aeropuerto por aeropuerto aquellos agentes de “handling” que están concesionados por AENA, es decir, que acudieron a un concurso público para obtener una licencia de prestación de esos servicios.
Este es uno de los puntos más importantes, puesto que en un aeropuerto pueden existir diferentes proveedores del servicio de “handling”, pero los que están en esta lista están obligados a cumplir las tarifas publicadas por AENA. En cambio, aquellos que no están en esta lista, no están sujetos a dichas tarifas y pueden, por lo tanto, elaborar sus propias listas de precios sin esta limitación.

 

AGENTES CONCESIONARIOS DEL SERVICIO DE HANDLING DE RAMPA

   

AEROPUERTO

AGENTES

A CORUÑA

IBERIA

 

ALBACETE

IBERIA

 

ALICANTE

IBERIA

SWISSPORT SPAIN

MENZIES

ALMERIA

SWISSPORT SPAIN

MENZIES

ASTURIAS

IBERIA

 

BADAJOZ

IBERIA

 

BARCELONA/EL PRAT

SWISSPORT SPAIN

GROUNDFORCE

BILBAO

IBERIA

GROUNDFORCE

BURGOS

IBERIA

 

CEUTA (Helipuerto)

IBERIA

 

CORDOBA

IBERIA

 

FUERTEVENTURA

SWISSPORT SPAIN

CLECE

GIRONA

IBERIA

UTE LESMA HANDLING - RYR

GRAN CANARIA

IBERIA

GROUNDFORCE

FGL- GRANADA JAÉN

IBERIA

 

HIERRO

ATLÁNTICA DE HANDLING

 

HUESCA

IBERIA

 

IBIZA

IBERIA

ACCIONA

JEREZ

SWISSPORT SPAIN

MENZIES

LA GOMERA

ATLÁNTICA DE HANDLING

 

LANZAROTE

CLECE

SWISSPORT

LA PALMA

ATLÁNTICA DE HANDLING

IBERIA

LEÓN

IBERIA

 

LOGROÑO

IBERIA

 

MADRID/BARAJAS

IBERIA

GROUNDFORCE SWISSPORT

MALAGA/COSTA DEL SOL

IBERIA

SWISSPORT SPAIN

CLECE

MELILLA

IBERIA

 

MENORCA

IBERIA

ACCIONA

PALMA MALLORCA

IBERIA

ACCIONA

PAMPLONA

IBERIA

 

REUS

IBERIA

UTE LESMA HANDLING- RYR

SALAMANCA

IBERIA

 

S. JAVIER/MURCIA

IBERIA

MENZIES

SAN SEBASTIAN

IBERIA

 

SANTANDER

IBERIA

 

SANTIAGO

IBERIA

 

SEVILLA

IBERIA

GROUNDFORCE

TENERIFE/NORTE

IBERIA

GROUNDFORCE

2) Lo siguiente que debemos ver, es la categoría a la que pertenece nuestra aeronave. En la página 43 (Ed. 2014) encontramos la tabla de categorías elaborada por el Ente, y veremos que la mayoría de la Aviación General está incluida en la primera, que llega hasta el bimotor a pistón.  

CLASE AERONAVE

AVIÓN TIPO

CLASE AERONAVE

AVIÓN TIPO

4A

AEROSPATIALE AS350 Ecureuil
CESSNA TWIN PISTON

71

AIRBUS 320

4B

AEROSPATIALE SN365 Dauphin
AVIOCAR CN212-200

72

BOEING 727-200

4C

EMBRAER 120 BRASILIA AVIOCAR CN235

81

BOEING 757-300 AIRBUS A310

31

AEROSPATIALE ATR 42 DE HAVILLAND DHC-8

82

AIRBUS A300 B4/C4/F4 BOEING 767-300

41

AEROSPATIALE ATR 72 CANADAIR REGIONAL JET 900

83

AIRBUS 340-200 BOEING 777-200

51

BRITISH AEROSPACE 146-300 McDONNELL DOUGLAS DC-9

91

McDONNELL DOUGLAS MD-11 BOEING 777-300

61

BOEING 737
MCDONNELL DOUGLAS MD 83

93

 
 
3)  Finalmente en la página siguiente (44, en la Ed. 2014) encontraremos el listado de “Tarifas Máximas de Handling Básico en Rampa” que estas empresas licenciatarias de un servicio público puede aplicar a sus usuarios. 
GTA tarifa maxima
 

Consideraciones.-

  1. En estos momentos, tenemos abierto con AENA un debate sobre el encaje que debería tener la Aviación General en esta tabla. Es claro que no realizamos vuelos de pasajeros ni de transporte, de modo que tampoco se nos puede predicar como vuelo mixto. La discusión sobre si realizamos escalas técnicas tampoco nos llevó a ninguna conclusión. Es decir, no encajamos en ninguna de las columnas. Confiamos que en la Guía de tarifas de 2016, hayamos podido mejorar este tema. En todo caso, la cuantía imputable a nuestras aeronaves ronda los 31,55 – 34,36 €, un precio muy inferior a cualquiera de los que han llegado a pagar multitud de pilotos de Aviación General.
  2. “Handling “básico” quiere decir la asistencia en pista estrictamente para desembarcar de la aeronave a pie de pista (un acto que los operadores de Aviación General hacemos por nosotros mismos, sin “asistencia” alguna de tercero). Por tanto, nada se nos debería facturar por ese concepto.

Pero no nos alegremos. Las siguientes tres páginas de la Guía de Tarifas (45-47, en la Ed. 2014) detallan las “Tarifas Máximas de Actividades Complementarias de Handling”, entre las que mencionan “proporcionar y manejar el equipo adecuado para el transporte de pasajeros y/o tripulación entre la aeronave y el edificio terminal y viceversa”.

 

GTA complementarias

4) Acudiendo a esa tabla, comprobaremos que la tarifa máxima que esos agentes concesionarios pueden imputar (Clases 4A-4B-4C - microbús) es de 11,24 € por servicio (one way). En conclusión, desembarcar y embarcar en un aeropuerto de los mencionados, sólo nos debería costar 22,48 € (+IVA) si sólo nos trasladan en vehículo al y desde el terminal.

5) Además, no olvidemos gestionar nuestro servicio de “handling” con antelación suficiente y explicando con claridad, en su caso, qué otros servicios deseamos contratar y cuáles no. En la mayoría de las facturas recopiladas por los socios de Aopa-Spain, el concepto que se menciona no coincide con ninguno de los expuestos en la Guía de Tarifas de AENA (¡!). Es el modo que los agentes concesionarios de “handling” esquivan los precios máximos tasados y ganan la libertad de imponer sus precios sin limitaciones. Entonces nada podemos reclamar ante la Administración pues se considera un servicio no regulado.

 

Qué no debemos hacer o permitir:

  1. Utilizar un agente de “handling” que no sea los relacionados en la Guía de Tarifas de AENA.
  2. Dejar de pactar por adelantado el servicio que queremos recibir. Hay que anticiparse. Piénsese que en el hecho de abrir/cerrar un plan de vuelo más la impresión de los datos Meteo, pueden interpretarse como consentimiento tácito de la prestación de un servicio y, por tanto, base para  estar sujeto a las tarifas de la Guía.
  3. Dejar de pactar por adelantado el precio que se nos va a cobrar. En algunos casos, una sucesión de correos electrónicos previos han conseguido rebajar considerablemente el precio final del servicio.
  4. Si todo lo anterior falla, y nos vemos obligado a aterrizar en un aeropuerto sin haber pactado el servicio y el precio por adelantado, reclamar que acuda el agente concesionario y que impute el servicio mínimo (los citados 11,24 €).  
  5. En caso de desacuerdo con el servicio o sobrecoste, exigir que hagan constar en la factura los conceptos de los servicios (reales o presuntos) recibidos, con el fin de poder discutirlos (cuando sean inexactos o injustos) y reclamar formalmente a la propia concesionaria o a la dirección de AENA. 
 
 
 
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