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DownloadDespués de la reunión que AOPA - Spain mantuvo la pasada semana con los responsables de la Dirección Financiera y de Aeropuertos de AENA así como representantes de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia, nos gustaría resumir y remarcar las posiciones de AOPA-SPAIN sobre los temas tratados:
Respecto a los temas de handlings que afectan a la Aviación General, insistimos en que se siga trabajando en la independización de los flujos de movimiento de las tripulaciones de las aeronaves de Aviación General de los flujos de pasajeros de AC (Aviación Comercial). Ello permitiría que los HANDLING no fueran obligatorios y desplazarse a pie hasta la zona terminal de Aviación General ( Aeroclubs, Escuelas y otros).
AOPA SPAIN está teniendo constancia que AENA AEROPUERTOS SA está practicando liquidaciones a operadores de Aviación General (e incluso pilotos privados) en razón de una presunta prestación patrimonial de caracter público de las establecidas en la Ley 1/2011 de 4 de marzo, correspondiente a la "utilización por pasajeros de las zonas terminales de sus aeropuertos", cuando se trata de vuelos en los que viajan a bordo otras personas (acompañantes) además de los pilotos.
Pasajero es solamente quien vuela mediante un contrato de transporte aéreo comercial, que se materializa en un título de viaje o billete. Los elementos del contrato de transporte aéreo (tal como quedan definidos en el Cap. XII de la Ley de Navegación Aérea) implican el desplazamiento de un lugar de origen o otro de destino y el abono de un precio por ese servicio. Y necesariamente quien presta ese servicio ha de contar con un AOC (certificado de operador aéreo) de los establecidos en la legislación comunitaria (EASA), expedido por la AESA.
Inclusive, en el caso de los vuelos turísticos (que sí son de caracter comercial pero al no suponer un traslado del pasajero entre dos puntos distintos -pues el origen coincide con el destino- y podrían escapar a la consideración de "transporte") requieren que la empresa de trabajos aéreos prestataria disponga del oportuno AOC.
Por definición, los vuelos realizados por pilotos privados o por operadores de GA (escuelas, aeroclubs, trabajos aéreos, etc), con excepción de los citados vuelos turísticos, no cumplen con el requisito de mediar precio en el desplazamiento que hagan a personas acompañantes del piloto o tripulantes.
Por tanto, cualquiera que sea la denominación que comúnmente se les pueda dar a esas personas acompañantes NO TIENEN LA CONSIDERACION JURIDICA DE PASAJEROS, siendo rechazable cualquier interpretación que AENA AEROPUERTOS SA pretende efectuar para devengar una tarifa.
Para contactar con AOPA Spain y comunicar dónde se está produciendo esta práctica abusiva por parte de AENA Aeropuertos Españoles, S.A., por favor envie un e-mail a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Sabadell, diciembre de 2015.- Durante el año 2015 Aopa-Spain ha colaborado con la Universidad Autónoma de Barcelona en la dirección y supervisión de Memorias del Trabajo Final de Master en Gestión Aeronáutica que imparte actualmente en las instalaciones de Sabadell. En estos trabajos de investigación los temas propuestos por Aopa-Spain a los alumnos consistían en conocer el mercado en aeronaves por debajo de 5700kg y en el volumen de la aviación general en la red de Aena.
Madrid, 31 de julio. El pasado 28 de Julio en la sede de AENA, AOPA-Spain y el Aeroclub de Vitoria, asistieron a la reunión solicitada por AOPA-Spain, sobre la implantación de la normativa de aeródromos restringidos, entre otros, en el Aeropuerto de Foronda. Como resultado de dicha reunión, queremos transmitir nuestra satisfacción, ya que hemos comprobado el inicio de su desbloqueo, con la propuesta por parte del Director de Aeropuertos del Grupo III de AENA, sobre el horario de aperturas de aeródromo restringido para los próximos meses. Es sin duda un buen comienzo para reiniciar la maltrecha actividad de la aviación deportiva, y un punto y aparte con lo vivido en los últimos tres años en lo que se refiere a la actividad del Aeroclub. No obstante, cabe resaltar que aun siendo satisfactorio el planteamiento realizado por AENA y respaldado por el Ministerio de Fomento, es un punto de partida desde el que el sector pretende avanzar hasta una completa normalización del uso de las instalaciones aeroportuarias con el fin de no menguar la evolución del mismo, y para ello, esperamos contar con la colaboración de AENA.
Madrid, 5 de octubre de 2016. En la reunión celebrada en el día de hoy en las oficinas de AENA, AOPA Spain ha reiterado sus quejas sobre el abuso y picaresca en el cobro de tasas de Handling allí donde este es obligatorio para la Aviación General por razones de seguridad en tierra (Security ). AOPA ha venido defendiendo la necesidad de independizar las plataformas de Aviación General con respecto a las de Aviación Comercial y de sus flujos embarque y desembarque de pasajeros. Ello eliminaría los handlings obligatorios. En la reunión mantenidas con los responsables de AENA, hemos acordado estudiar caso a caso, aeropuerto a aeropuerto con handlings obligatorios, donde, la separación de plataformas fuera posible y así evitar estos handlings obligatorios.
La Comisión ha divulgado un comunicado en el que considera que las tarifas de Aena (Prestaciones Patrimoniales Públicas, PPP) deben reducirse en un 2,02% anual durante los cinco años del quinquenio 2017-2021. De esta forma, rechaza la propuesta de congelación presentada por el gestor aeroportuario.
Desde el mes de diciembre de 2015 se han venido realizando las reuniones del ente aeroportuario con sus usuarios, las compañias aéreas y representantes del sector, donde Aopa ha estado presente a través ded su Presidente. En estas reunines también ha estado presente el representante de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que ahora publica una nota de prensa y el informe completo sobre su evaluación del proceso.