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Noticias AOPA/TA

Noticias AOPA/TA (7)

AOPA-SPAIN quiere recordar a sus socios que, según el Art. 18.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo, hay el deber de "colaborar con la Administración en los términos previstos en la Ley que en cada caso resulte aplicable, y a falta de previsión expresa, facilitar a la Administración los informes, inspecciones y otros actos de investigación que requieran para el ejercicio de sus competencias”.

Tanto la AESA como el Ministerio del Interior, tienen declarado y reconocido en los escritos que se adjuntan en nuestra web, que los únicos que pueden ejercer "inspecciones aeronáuticas" son los funcionarios de la Agencia debidamente acreditados. En otras palabras, que los miembros de las Patrullas Pegaso, no son competentes para realizar una inspección aeronáutica.

Así pues, si se recibe por parte de una Patrulla Pegaso una petición de documentación de naturaleza aeronáutica (licencia de piloto, certificado médico, logbook, certificado de aeronavegabilidad, programa de mantenimiento, certificado de matrícula, seguro de la aeronave, licencia de estación, certificado de niveles de ruido, plan de vuelo, carga y centrado, planificación del vuelo -NOTAMs, METEO,..-, etc.) hay el derecho a recordarles, con total educación y tranquilidad, que ello no se ajusta a lo instruido por sus superiores, mostrándoles los 2 escritos citados.

Siempre hay que identificarse (DNI, Pasaporte, NIE,…) y mantener el trato cordial ya que son funcionarios realizado su trabajo bajo instrucciones de un superior.

Igualmente, hay que saber que los Art 18.3 y 100 de la Ley de Procedimiento Admnistrativo expresan que “cuando las inspecciones requieran la entrada en el domicilio del afectado o en los restantes lugares que requieran la autorización de su titular", “las Administraciones Públicas deberán obtener el consentimiento del mismo o, en su defecto, la oportuna autorización judicial”; por lo que otorgar el consentimiento (sin mediar orden judicial) es una opción libre.

Si a pesar de ello, la Patrulla Pegaso, sin mostrar ni acreditación de AESA (con nombramiento y orden de inspección) ni orden judicial, insistiese en el requerimiento, el interesado tiene derecho a oponerse.

Si así opta, la recomendación es hacerlo con la máxima mesura, evitando resistencias, desobediencias, faltas de respeto o consideración.

Si accede, se recomienda hacer constar la oposiciòn y anotar todas las circunstancias del suceso: lugar, día, hora, contenido y desarrollo del requerimiento e identidad de los agentes (números de placa) en previsión de cualquier futura notificación oficial o acción a ejercer.

Si así lo desea puede remitir esa información al correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. para que AOPA-SPAIN pueda recopilarla y gestionarla de la forma más idónea.

Pulsa aquí para descargar la carta de Aesa en PDF

Pulsa aquí para descargar la carta del ministerio del interior en PDF 

Tras la entrada en vigor de la nueva Normativa SPO para los Trabajos Aéreos los operadores españoles han ido sorteando multitud de problemas que han ido apareciendo a lo largo del último año. Gracias a la colaboración entre los asociados de la división de TA de Aopa Spain se ha podido crear una acción coordinada ante la administración, en este caso la AESA que ha permitido una implantación de la normativa menos traumática para todos.

De todo el sector de Trabajos Aéreos es bien conocida la problemática que últimamente está generando la explosión de autorizaciones de operadores de drones. Es un caldo de cultivo que da lugar a que abunden los ilegales y, lo que es más preocupante, los operadores autorizados por AESA que no acatan la Normativa a la hora de llevar a cabo los trabajos que les solicitan los clientes.

Tuesday, 05 July 2016 18:54

Trabajos Aéreos y Drones

En dos años la AESA ha autorizado a 1430 operadores de drones, a estos habría que añadir los que operan de manera ilegal.... un exceso y dificil de controlar el sector.


Ante esta situación se ha creado una  guerra de precios a la baja que hace que las compañías de TA con avión y helicóptero hayamos pérdido el mercado. Sólo nos quedan los trabajos muy especializados  que cada vez son más escasos (obra pública, seguimiento de grandes obras e infraestructuras, etc..). Todo se puede hacer, no hay límite para el dron cuando es la hora de vender.. de esta manera somos muchos los que perdemos el trabajo en avión o en helicóptero y con el dron (las que contamos con este servicio) por negarnos a volar en según qué lugares, sobre aglomeraciones de gente, de noche... pero al final siempre hay uno más avispado que tu, que lo hace.

En muchos casos trabajos sin factura, sin IVA en condiciones muy deficitarias de seguridad por no decir ninguna... 

Cuando a los clientes les ponemos en antecedentes de la normativa para volar con dron su respuesta es que a ellos esos temas no les incumben y que entienden que las empresas que les hacen los presupuestos están autorizadas. Al final en la mayoría de los casoslo que puede es el precio, no el estar dentro de lo que marca la ley. Pocos son los que piden la autorización de AESA para saber si ese proveedor está operando de manera legal. Hay voces que piden que se responsabilice también a las empresas contratantes...

Tanto los operadores legales como los ilegales en la mayoria de las ocasiones y con la norma en el mano están volando fuera de la ley. Cometario de un operador socio de AOPA:

"Tengo una empresa de Drones que puse en marcha hace un año y medio.

Con reglamento en mano no se puede hacer casi nada por no decir nada. Los que están trabajando e incluso las imágenes que salen en las televisiones públicas, reglamento en mano, están fuera de la ley.

Por esta razón, entre otras, tengo la empresa en stanby"

Se puede ver en programas como Master Chef drones volando sobre cascos urbanos; la filmación de la película Anacleto en Barcelona utilizo uno sobre la ciudad; en el Canal 8 de Cataluña durante meses estuvo emitiendose un programa Deu n´hi dron y la empresa que llevaba a cabo los vuelos no estaba autorizada... tenían los papeles presentados, era su excusa para seguir volando.

Para un Dron es imposible técnica y legalmente trabajar dentro de una CTR.  Y por supuesto se está haciendo. Ejemplo: Factoría Pascual en Pamplona al lado mismo del aeropuerto. Otro: Nave en Polígono en Prolongación pista de El Prat. Colegio al lado de la cabecera de pista del aeropuerto de Bilbao... y así un sin fin de casos demasiado largo de enumerar.

 Hay que tener en cuenta que la prohibición de vuelo dentro del CTR es desde el nivel del suelo hasta una altura superior de la del vuelo del Dron. Y la zona de exclusión puede variar entre 6 y 30 millas.

Los ayuntamientos tampoco no se escapan a la utilización de los drones en condiciones un tanto irregulares.. El último ejemplo el de Yecla para la erradicación y fumigación contra el mosquito tigre.

https://www.facebook.com/denunciadrones/posts/1741092769446005

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La mayoría de las denuncias que se hacen a la AESA terminan archivadas ya que según sus Servicios Jurídicos no tienen suficiente base jurídica o no  se puede demostrar la fecha en la que se hizo o... siempre hay una excusa u otra. 

Esta es una guerra difícil, perdida de antemano...

Friday, 24 June 2016 17:49

Instrusismo Profesional de ULM

A principios de este mes se puso en contacto con Aopa Spain uno de nuestros socios de la División de TA pidiendo asesoramiento ante lo que es un nuevo caso de intrusismo.

Esta compañía desde hace años lleva realizando el seguimiento de los palomos en campeonatos de colombicultura organizados por la Fed. de Colombicultura de la Región de Murcia que se celebran normalmente durante los meses de abril, mayo y junio. 

Este año la FED. NACIONAL DE COLOMBICULTURA (Madrid),  les pidió presupuesto para realizar el seguimiento  de un concurso a nivel nacional (COPA DE S.M. EL REY) que se celebra en Murcia, y a pesar de ser los mismos precios que están cobrando a la Federación Murciana, no les fue aceptado. 

El trabajo según han podido comprobar" in situ", lo está realizando un ultraligero con  matrícula EC-DU6. Se trata de una aeronave marca Tecnan mod. P92, del cual no tienen referencias sobre el aeródromo en que se encuentra. Han pedido información a los de la Reg. de Murcia y no es de ninguno de ellos. Creen que es de Valencia por las iníciales que se observan en la foto que se adjunta FDACV (Federación de Deportes Aéreos de la Comunidad Valenciana).

Desde AOPA se ha procedido a enviar carta a la Real Federación Española de Colombicultura que ha contratado un ultraligero matrícula EC-DU6 Tecnam P-92 de la FDVD para labores de observación y patrullaje aéreo y ante la AESA por lo que representa, nuevamente, de intrusismo de un ultraligero dentro del sector de TA para lo que por el momento no están autorizados.

A las compañías de TA se les exige el alta en plantilla de pilotos comerciales y a la vez la designación de un responsable de operaciones, aplicación de la nueva Normativa de SPO, auditorias de calidad externas, MEL, CAMO... Mientras, asistimos año tras año con asombro como la administración no hace nada ante tantos desmanes. Si, prepara la salida de los ultraligeros al mundo de los TA. ¿con que normativa? ¿Equiparable a la que nos vemos sometidos nosotros?. Lo dudamos. 

Sabadell, febrero de 2016. La División de Trabajos Aéreos de Aopa Spain, AOPA TA informa que son ya mas de 20 las empresas afiliadas a esta asociación que representa en España los interese de pilotos, propietarios y trabajos Aéreos. En su creación hace ahora 2 años, Aopa Spain fue el fruto de la absorción de la Asociación Española de Compañías de Trabajos Aéreos (AECTA), buscando aumentar la representatividad del sector y aumentar su capacidad de trabajo y negociación ante la administración.

Wednesday, 07 May 2014 19:27

Fusión de Aopa Spain y AECTA

Written by

Logo Aecta.jpgAopa-Spain, siguiendo su proyecto de reestructuración de la Asociación marcado para el año 2014, anuncia la puesta en funcionamiento de dos nuevas divisiones dentro de su estructura. Tras un año de trabajo conjunto, la Asociación de Compañias de Trabajos Aéreos de España AECTA se ha integrado en la división Aopa-Spain/TA mediante un acuerdo de fusión que han ratificado sus respectivas Juntas Directivas. AECTA es una asociación fundada en 1999 que cuenta entre sus asociados a compañías de trabajos aéreos que realizan principalmente labores de fotografía, publicidad, paseos turísticos, labores agrícolas, lanzamiento de agua y otros trabajos aéreos no relacionados con el transporte comercial de pasajeros. Mediante su fusión e integración en Aopa-Spain, los asociados esperan conseguir un mayor nivel de representación delante de las administraciones públicas así como integrarse en la red internacional de las Aopa's en las que los Trabajos Aereos (AW en sus siglas en inglés) se considera una parte incluida en la Aviación General. Desde el pasado mes de junio, con la celebración de las elecciones a la Junta Directiva, Dora Hernández, Vicepresidenta de Aecta se incorporó a Aopa Spain como Vicepresidenta de Trabajos Aéreos